CRM Derecho Migratorio

Servicios para Extranjeros

Sabemos que estar en un país extraño puede tener un fuerte impacto en nuestras vidas y puede a veces ser una experiencia difícil.

Uno de nuestros abogados en CRM DERECHO MIGRATORIO también ha sido inmigrante y por ello entendemos la importancia de hacer las cosas bien y estar bien asesorado en el área legal migratoria por abogados migratorios con experiencia, para no cometer errores que luego pueden salir muy muy caros.

CRM Derecho Migratorio

forma parte de CRM Corporativo Riviera Maya

Nuestra Misión:

Solucionar las necesidades de nuestros clientes en Quintana Roo y Yucatán.

¿Qué ofrecemos?

CRM Corporativo Riviera Maya te brindara la asesoría y soluciones integrales que necesitas en materia Legal, Contable, de Recursos Humanos, Capital Humano y Bienes raíces. Siempre de una manera profesional, efectiva, honesta y con gran uso de la tecnología.

Nosotros

CRM DERECHO MIGRATORIO es un despacho de abogados establecido en la Riviera Maya, enfocado en resolver las necesidades legales migratorias que puedan enfrentar las empresas y extranjeros en Quintana Roo o Yucatán.

Somos especialistas en derecho migratorio, trámites migratorios e inversión extranjera, brindando asesoría y representación legal en materia migratoria tanto en español como en inglés.

CRM DERECHO MIGRATORIO cuenta con un equipo de abogados altamente experimentados, asistiendo a nuestros clientes a través de la complejidad del entramado legal migratorio en Quintana Roo y Yucatán.

Nuestra práctica legal abarca exclusivamente el derecho migratorio mexicano: visas de trabajo, unidad familiar, residencia y ciudadanía, visas de inversionista y solvencia económica, defensa migratoria, migración humanitaria, así como otras áreas de especialidad que nuestros clientes requieren, ofreciendo servicios de asesoría y representación legal en materia de apostillado y legalización, negocios, impuestos e inversión extranjera.

Nuestro Compromiso

Sabemos que los trámites migratorios en México pueden ser estresantes y frustrantes. Nuestra meta es que no tenga estrés y ayudarle con su trámite migratorio de la manera más rápida y fácil posible, para que pueda lograr sus metas:

Ofrecemos los siguientes servicios en materia migratoria para extranjeros en Quintana Roo y Yucatán:

Si necesitas asesoría en otra materia (laboral, familiar, civil, fiscal, etc.), pregúntanos. Nosotros podemos ayudarte a solucionar los problemas de acuerdo con tus necesidades legales.

Algunos servicios detallados:

Apoyamos al extranjero en los trámites a seguir, una vez que consiga una oferta de empleo por una empresa debidamente certificada por migración en Quintana Roo y Yucatán, para obtener su visa de trabajo temporal y luego la permanente. Y puedan trabajar en Quintana Roo o Yucatán de manera legal y exitosa.
Un permiso para trabajar autoriza a un extranjero para poder trabajar legalmente en México y recibir un pago por sus servicios. Para su obtención, el extranjero debe contar con una oferta de empleo por parte de una persona física o moral que cuente con su Constancia de Empleador emitida por el Instituto Nacional de Migración. Al extranjero se le otorga la condición de estancia de Residencia Temporal con Permiso para trabajar, así como su tarjeta correspondiente, con lo cual podrá permanecer en territorio nacional así como entrar y salir del mismo, hasta por un año a partir de su expedición.
La constancia de empleador es el documento emitido por el Instituto Nacional de Migración, el cual autoriza a una persona física o moral mexicana (ya sea una empresa o un individuo) para emitir ofertas de empleo a extranjeros. Las ofertas de empleo son necesarias para poder solicitar la residencia temporal con permiso para trabajar, lo cual permite al extranjero residir legalmente en México y trabajar. Los empleados que cuenten con Constancia de Empleador se encuentran obligados por las leyes migratorias a notificar al Instituto Nacional de Migración impuestos, con la finalidad de comprobar que la empresa se encuentra activa.

Esta condición de estancia autoriza a un extranjero a permanecer en territorio nacional por un periodo de 180 días ( o 6 meses) y realizar actividades remuneradas por ese tiempo. Se requiere cualquiera de los siguientes requisitos:

  • Ofertas de empleo emitidas por personas física o moral que cuenten con Constancia de Empleador.
  • Invitación por parte de alguna autoridad o institución académica, artística, deportiva o cultural, indicando que los servicios prestados por el extranjero serán a favor de la institución que extiende la invitación.
  • Prueba que demuestre que el extranjero viene a México para realizar actividades remuneradas por un tiempo específico, de acuerdo con acuerdos interinstitucionales celebrados con entidades extranjeras(como Fondo Monetario Internacional, Banco Mundial, OTAN, Organización Mundial de la Salud). 

Tenemos la experiencia para lograr que su familia y usted estén juntos en Quintana Roo.

Por que sabemos la importancia que tiene tener a nuestros seres queridos con nosotros , nuestro equipo  de especialistas puede apoyarte para que tu familia esté en México. Los extranjeros con las condiciones de residentes temporales y permanentes tendrán derecho a la preservación de la unidad familiar, por lo que podrán ingresar con o solicitar posteriormente el ingreso de las siguientes personas:

  • Padre o Madre
  • Cónyuge: se le considera la condición de estancia de residente temporal por dos años, transcurridos los cuales podrán obtener la condición de estancia de residente permanente, siempre y cuando subsista el vínculo matrimonial.
  • Concubinato, concubina o figura equivalente. Se le concederá la condición de estancia de residente temporal por dos años, transcurridos los cuales podrán obtener la condición de estancia de residente permanente, siempre y cuando subsista el concubinato.
  • Hijos del residente permanente y los hijos del cónyuge o concubinato o concubina. Siempre y cuando sean niñas, niños, adolescentes y no hayan contraído matrimonio o se encuentren bajo su tutela o custodia.
  • Siempre y cuando  sean niñas, niños y adolescentes y no hayan contraído matrimonio o estén bajo su representación legal.

Los mexicanos también tendrán derecho a la preservación de la unidad familiar, razón por la cual, también podrán ingresar con o solicitar posteriormente el ingreso de las siguientes personas familiares o cercanas extranjeras:

  • A sus padre o madre
  • A su cónyuge, a la cual o al cual se le concederá la condición de estancia de “residencia temporal” por dos años, transcurridos los cuales, podrán obtener la condición de estancia de “residente permanente” siempre y cuando subsista el vínculo matrimonial.
  • A su concubinato o a su concubina, acreditando dicha situación conforme  a los supuestos que señala la legislación civil mexicana, otorgándole la condición de “residente temporal” por dos años, transcurridos los cuales, podrá obtener la condición de estancia de “residente permanente” siempre y cuando subsista el concubinato.
  • A sus hijos nacidos en el extranjero, cuando de conformidad con las leyes mexicanas no sean mexicanos.
  • A los hijos nacidos en el extranjero, cuando de conformidad  con las leyes mexicanas no sean mexicanos.
  • A los hijos de la o del cónyuge, concubinato o concubina extranjero, siempre y cuando, sean niñas, niños y adolescentes y no hayan  contraído matrimonio o estén bajo su representación legal.
  • A sus hermanos, siempre y cuando sean niñas, niños o adolescentes y no hayan contraído matrimonio o estén bajo su representación legal.
Le ayudamos a obtener su residencia temporal o permanente en Quintana Roo o Yucatán y así asegurar su futuro como ciudadano mexicano.
Contenido del acordeón

La ley de Migración establece tres categorías migratorias principales, condiciones denominadas de estancia para reemplazar a las más de 30 categorías migratorias y las modalidades previstas en la anterior Ley General de Población.

La condición de estancia es asignar por las autoridades del Instituto  Nacional de Migración a un extranjero en función de su “intención de residencia” de la siguiente manera:

  • Visitantes
  • Residencia Temporal
  • Residencia Permanente

La condición de visitante permite la entrada a corto plazo en México para diversos fines, tales como turismos, negocios, tránsito, entre otros.

Una visita de negocios puede participar en actividades  limitadas a corto plazo según lo autorizado por las autoridades migratorias de México por hasta 180 días naturales (o 6 meses).

Una visa de visitantes para México se puede obtener en el consulado mexicano en el extranjero. Algunos países no requieren visa para entrar  a México. Además, algunas personas pueden exentar el requisito de visa al amparo de programas que permiten la entrada a territorio nacional, tales como:

  • Visa estadounidense válida
  • Prueba de residencia permanente en Canadá, Japón, Gran Bretaña  y los país del área de Schengen.
  • Tarjeta de viaje de negocios APEC (ABTC) aprobada por México
  • Certificado que acredita que el extranjero es un miembro de la tripulación de alguna aeronave o transporte marítimo que arribe al país.

Los visitantes de negocios solamente requieren llenar el formato FMM (Formato Múltiple Migratorio)  que se proporciona  ya sea durante su vuelo a México o en el puerto de entrada; el oficial de migración puede solicitar pruebas que demuestren el propósito del viaje de forma discrecional, tal como reservaciones de hoteles, boletos de regreso al país de origen, carta del empleador, carta de invitación de la entidad mexicana que visiten o cualquier otra documentación de apoyo que puede ser solicitada por las autoridades migratorias.

Esta condición de estancia migratoria sustituye la mayor parte de las antiguas categorías de visa FM3 y FM2 y es apropiado para los estudiantes, los extranjeros con una oferta de trabajo emitida por una empresa mexicana, esposa o esposo mexicano, entre otros supuestos.

El extranjero está autorizado para permanecer dentro del territorio mexicano durante mas de 180 días durante un periodo máximo de 4 años, a condición de que demuestre encontrarse dentro de algunos de los criterios de calificación establecidos, tales como:

  1. Demostrar solvencia económica
  2. Formar parte en un proyecto de investigación o recolección de la muestra científica dentro del territorio  mexicano.
  3. Tener lazos familiares en México
  4. Recibir una invitación ofrecida por una entidad pública o privada para participar en una actividad económica o no económica dentro del territorio mexicano
  5. Tener bienes inmuebles propios en México
  6. Ser inversionista

Los extranjeros con residencia permanente pueden permanecer indefinidamente en México y esa condición jurídica permite a los extranjeros  participar en actividades lucrativas en el país.

La residencia permanente puede ser adquirida después de un periodo de 4 años bajo un estatus de residencia temporal, entre otros supuestos previstos en la Ley de Migración.

La residencia permanente puede obtenerse también por otros medios:

  • Sistemas de puntos: Con la finalidad de traer profesionistas y técnicos especializados y desarrollar la capacitación y crecimiento en distintas áreas, se establece un sistema de puntos mediante el cual extranjeros pueden adquirir la característica de Residente Permanente (con derecho a entrar y salir del país y realizar todo tipo de actividades lucrativas) cumplimiento con un sistema de puntuaciones en educación y experiencia laboral.
  • Unifamiliar familiar: El extranjero contrae lazos familiares con algún mexicano. Se permite el ingreso y estancia de personas con vínculos familiares a los mexicanos y se facilita la expedición de la condición de estancia de residente temporal y permanente.

La naturalización es el proceso por el cual un ciudadano de un país extranjero adquiere la nacionalidad de otro, adquiere vínculos que lo acreditan como ciudadano de otro país.

Los extranjeros en Quintana Roo o Yucatán que deseen obtener la nacionalidad mexicana podrán hacerlo mediante el procedimiento conocido como naturalización.

La naturalización mexicana tiene diferentes modalidades:

  • Naturalización por residencia.
  • Naturalización por ser descendiente directo de un mexicano.
  • Naturalización por tener hijos mexicanos por nacimiento.
  • Naturalización por haber contraído matrimonio con un hombre o una mujer mexicana.
  • Naturalización por haber realizado obras destacadas en materia de cultura, técnica, artística, deportiva o de negocios.

Con ayuda de nuestros expertos tramite su visa de inversionista y solvencia económica de manera rápida y efectiva.

Nuestra firma brinda servicios legales para aquellos inversionistas (ya sean privados o empresas) que buscan tener una presencia en México, así como a aquellas familias que buscan retirarse a nuestro territorio. Las leyes mexicanas contemplan las siguientes opciones:

  • Visado de residencia temporal por solvencia económica
  • Visado de residencia temporal por ser inversionista
Nuestro equipo de Abogados Migratorios está capacitado para defenderse contra procedimientos de deportación en Quintana Roo y Yucatán.
Te apoyamos para la obtención de documentos necesarios para obtener visas en Quintana Roo Y Yucatán, tales como actas del registro civil, antecedentes no penales, certificados médicos, documentos notariales y demás. También podemos ayudarle con traducciones al español.
Para aquellos extranjeros que deseen invertir en Quintana Roo o Yucatán y requieran asesoría corporativa, fiscal y legal en inversión extranjera. Le apoyamos para crear su empresa en Quintana Roo o Yucatán; o bien adquirir algún inmueble en Quintana Roo o Yucatán.

Nuestros especialistas en derecho migratorio, corporativo y contractual pueden elaborar los instrumentos jurídicos que permitan a las personas y empresas invertir en México, ya sea a través de la inversión extranjera directa a través de la incorporación de empresas en territorio nacional o bien mediante la implementación de contratos de fideicomiso para la consecución de un objetivo particular.

En ese sentido, nuestra Firma apoya a sus clientes extranjeros con la incorporación de sociedades (ya sea civiles o mercantiles) en México, la obtención de permisos específicos para su correcto funcionamiento, estrategias de soft-landing para aquellos negocios ya establecidos en el extranjero y que buscan iniciar operaciones homólogas en territorio nacional así como la asesoría legal para operaciones cross-border.

En cuanto a los fideicomisos, nuestra Firma puede elaborar y revisar los contratos de fideicomiso requeridos para la compra de bienes inmuebles en la zona restringida (playas y fronteras nacionales), permitiendo a los capitales extranjeros invertir en México y gozar de certeza y seguridad jurídicas en sus operaciones comerciales.

ELLOS YA CONFÍAN EN NOSOTROS

Algunos de nuestros clientes:

MÁS DE 15 AÑOS DE EXPERIENCIA

Reseñas

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Certificaciones, Convenios y Alianzas

En CRM Corporativo Riviera Maya, contamos con certificaciones y alianzas, para garantizar la confianza, calidad de atención y servicio que mereces.